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El derecho a la huelga ante Corte Internacional

Existe un desacuerdo grave y persistente en el seno de la unidad tripartita de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre la interpretación del Convenio sobre la Libertad Sindical y la Protección del Derecho de Sindicación, 1948 (núm. 87), con respecto al derecho de huelga.
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